Novedades del derecho y las leyes argentinas para el ciudadano

Los personajes infantiles en la nueva ley de etiquetado frontal

Con motivo del día de la niñez, vemos algunas advertencias, restricciones y prohibiciones en envases de alimentos de Argentina

En primer lugar, todo envase de alimentos deberá incluir estas advertencias sobre los edulcorantes y la cafeína para menores de edad.

Si contiene edulcorantes, el envase debe contener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: “CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS/AS”.

Si contiene cafeína, el envase debe contener debajo de los sellos de advertencia la siguiente leyenda: “CONTIENE CAFEÍNA. EVITAR EN NIÑOS/AS”.

 

Etiquetas con personajes infantiles

La ley de etiquetado frontal de alimentos de Argentina prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados que contengan al menos 1 sello de advertencia dirigida a niños, niñas y adolescentes.

Cuando el producto alimenticio tenga al menos 1 sello de advertencia, el famoso octógono negro, entonces no puede incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales.

Además, tienen prohibido incluir personajes infantiles,animaciones, dibujos animados, celebridades,deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos juegos visual-espaciales, descargas digitales,o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos: deportivos, musicales, teatrales o culturales, que contengan al menos un (1) sello de advertencia o leyenda precautorias, según corresponda, que inciten, promuevan, fomenten el consumo, compra o’elección de este.

Por personajes infantiles “se deben entender aquellos dirigidos a niños, niñas y adolescentes, donde participen actores humanos o actrices humanas, así como dibujos animados, personajes con licencia o caricaturas; de cualquier origen y en cualquier técnica de animación. Celebridades hace alusión tanto a actores o actrices como a músicos o músicas e influencers de redes sociales”, dice la reglamentación.

Es decir, también se prohibiría la cajita feliz aunque hay dudas si se aplica a este producto o o porque no es un alimento envasado. Por ahora habría libertad en fast food… Veremos.

 

Derechos básicos con la nueva ley de etiquetado frontal argentina

 

Algunos alimentos actuales que podrían tener que cambiar sus etiquetas

Esta no es una lista oficial sino una recopilación de algunas marcas en el mercado con personajes o caras. Quizás en el caso de logos, o de caras, puedan subsistir, veremos cómo lo interpreta la autoridad de aplicación.

 

 

 

 

 

  

 

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