Por primera vez, toman una audiencia judicial por Whatsapp
Una jueza usó esa aplicación de mensajería instantánea para entrevistar a una persona con discapacidad, que no puede hablar. La celeridad judicial.
Por Eli Koloditzky *
La jueza en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Corrientes, Graciela Liliana Lisceiko, decidió tomar una audiencia por Whatsapp. Lo hizo en el marco de un proceso de restricción de la capacidad a un hombre de 35 años con discapacidad auditiva.
Tanto él como su acompañante, un Asesor de Menores e Incapaces, estuvieron de acuerdo y aceptaron emplear esa ayuda tecnológica para facilitar y avanzar en el proceso judicial.
En el juicio se debate la restricción de la capacidad con respecto a determinados actos de una persona mayor de trece años siempre que se estime que el ejercicio de su plena capacidad puede resultar un daño a la persona o a sus bienes.
En concreto, el objetivo de la jueza era determinar en qué actos conserva su capacidad y cuales están restringidos para las personas hipoacúsicas.
El hombre es sordo y tiene un leve retraso madurativo pero sabe leer y escribir, por lo tanto la jueza decidió tomarle la audiencia por Whatsapp y luego adjuntó las capturas de pantalla.
Al usar esta tecnología no fue necesario un intérprete en lenguaje de señas y se pudo entrevistar de manera satisfactoria, generando un diálogo directo y claro.
Graciela Liliana Lisceiko afirmó que el titular en todo momento se comunicó expresando sus deseos de forma clara y expresó que es aquí donde se percibe la importancia de los avances tecnológicos que bien utilizados permiten mayor acceso a justicia.
Además agregó que si uno sabe manejarlos, estos dispositivos permiten la expresión de la voluntad y el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas.
El uso de la tecnología en los procesos judiciales
Al ser satisfactorio el resultado se prevé que la red social va a ser utilizada para futuras intervenciones simuladas a la relatada.
Con la sanción del nuevo código la regla es la capacidad, dejando de lado el paradigma que utilizaba el código civil anterior, en donde se debe restringir con respecto a ciertos actos y solo en excepciones se debe declarar la incapacidad.
Es de suma importancia en el proceso de restricción tener en cuenta a la persona, el juez debe garantizar la inmediatez con el entrevistado durante el proceso. Es decir, entrevistarlo asegurando la accesibilidad y los ajustes razonables del procedimiento de acuerdo a la situación de aquél, como establece el Código Civil y Comercial.
En este caso es razonable utilizar la herramienta de Whatsapp como forma de facilitar el proceso siempre que se exprese claramente la voluntad del individuo y que haya una comunicación directa.
La tecnología avanza a ritmos abismales y dándole una correcta aplicación puede facilitar distintos aspectos del derecho.
* La autora es periodista, bloguera y estudiante de derecho.
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