Puntos clave del Blanqueo en Argentina
El abogado especialista Martín Litwak analiza algunas implicancias de la regularización de activos a los fines tributarios
Por Martín Litwak
Están empezando a llegar correos electrónicos de clientes (generalmente mal asesorados) diciendo que sus contadores les habían recomendado disolver las estructuras a través de las cuales tenían los bienes que habían decidido regularizar.
Los argumentos, bastante débiles por cierto, son los siguientes:
1️⃣ que no tiene sentido mantener una estructura offshore para activos declarados, y
2️⃣ que el blanqueo actual no permite levantar el velo societario y declarar a nombre propio bienes que están registrados a nombre de una sociedad o fideicomiso.
Dos reflexiones simples al respecto:
1️⃣ Solo tendría sentido seguir lo que estos profesionales plantean si la estructura en cuestión se hubiera establecido exclusivamente para ocultar activos. En caso de que la estructura fiduciaria en cuestión también haya sido creada para evitar impuestos de herencia en EE. UU., resolver cuestiones sucesorias, proteger el activo de terceros, etc., sería absurdo disolverla simplemente porque los bienes ahora serán declarados.
2️⃣ Por supuesto que el actual blanqueo permite revelar estructuras patrimoniales, pero incluso si no lo hiciera, liquidar la estructura no sería la solución, ya que en ningún caso se podría hacer con efecto retroactivo al 31 de diciembre de 2023.
Espero que esto sea claro y que no tomen decisiones precipitadas al dejarse influenciar por personas que los asesoran desde su propia comodidad (o ignorancia) y no desde vuestros verdaderos objetivos de planificación.
De hecho, el consejo debería ser todo lo contrario: ¿Tienen activos a nombre personal para regularizar? Perfecto, háganlo (o no) y luego veamos cómo estructurar eficientemente ese patrimonio.
Buena semana para todos!
Martín Litwak es abogado en Untitled SLC
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