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El despido con y sin causa, y el insulto en el contrato de trabajo

Su jefe lo despidió cuando el trabajador le mandó un audio equivocado, contándole a sus amigos que lo tenía agendado como HDP. Qué dice la ley sobre el despido con causa y los insultos y faltas de respeto.

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En Córdoba, donde pasan los mejores casos, un trabajador uso el Whatsapp para enviarle un audio a sus compañeros, quiso grabar un audio sin mantener el botón apretado. Debe ser que apretó el botón de grabar sin darse cuenta, y el teléfono grabó.

En ese audio le contaba a sus amigos que tenía agendado en su celular a su jefe como un HDP. “‘Miren cómo lo tengo agendado a este ‘HDP'”, dijo el trabajador de panadería de Córdoba. Por error, en lugar de mandarlo a sus amigos se lo mandó… al jefe.

Al parecer, en ese momento le vino una llamada entrante, y vio que la grabación nunca se había detenido. En ese momento le mandó el audio a su jefe.

Si bien intentó borrar el audio, ya era tarde. Su voz le llegó a su jefe que le clavó el visto y un despido en ese mismo momento. Al parecer la relación no venía en su mejor momento, digamos todo.

“Le estaba por mandar un audio a un compañero para pedirle que viniera un poco más temprano. El mensaje no se mandó porque no apreté bien el botón y siguió grabando”, contó el cordobés a Cadena 3.

“Las cosas no venían bien entre nosotros y por eso lo había guardado así. Lo hice porque estaba enojado con él porque no me facilitaba un dinero que yo quería y venía tensa la cosa porque habíamos discutido y estaba enojado”, comentó.

Es que ahora el trabajador vive solo con sus tres hijos y necesita trabajar. Luego de ser despedido, y tras tres días sin tener respuesta por parte de su jefe, más allá de haberlo agendado de forma distinta, el trabajador le envió un telegrama laboral intimando regularice la situación.

 

El despido del empleado en negro

El trabajador contó que no estaba registrado, “en negro”. De ser cierto esto, el empleador tiene un problema porque técnicamente no sería factible el despido. Es decir, requiere una mediación y homologación, integración de aportes y demás.

Es decir, frente al despido verbal el trabajador debe intimar (enviar un telegrama laboral) para que blanquee su relación laboral y aclare su status. Lo mismo si le llega un telegrama de la empresa, está reconociendo la relación laboral y encima no registrada.

En este post explico los pasos sobre el despido cuando hay empleo en negro, ver esta nota de Derecho En Zapatillas. Al margen, ¿Qué pasa con el insulto? ¿Es causal de despido?

 

El despido con y sin causa

Para la ley de contrato de trabajo, hay justa causa de despido en contados casos. Según la ley 20744, una de las partes podrá hacer denuncia del contrato de trabajo en caso de inobservancia por parte de la otra de las obligaciones resultantes del mismo que configuren injuria y que, por su gravedad, no consienta la prosecución de la relación.

Es decir, debe tratarse de algo grave. Además, el trabajador tiene que haber sido sancionado antes. En los casos de insultos, en que no es una trompada, o agresión similar, hay otros mecanismos disciplinarios previos, dice la jurisprudencia.

La ley agrega que la valoración deberá ser hecha prudencialmente por los jueces, teniendo en consideración el carácter de las relaciones que resulta de un contrato de trabajo, según lo dispuesto en la presente ley, y las modalidades y circunstancias personales en cada caso.

En un precedente, la cámara laboral entendió que un insulto al superior jerárquico no amerita el despido. “no implica restarle importancia a la conducta (de M.A), ni dejar de ponderar que es deseable que esta clase de situaciones no se produzcan en el marco del respeto y del buen trato que es dable esperar de ambas partes en un contrato de trabajo”.

En el caso, se trataba de un diseñador señor, bien conceptuado. , y que el resto de la relación laboral se habría desarrollado con normalidad tanto con sus pares como con sus superiores.

En ese caso, las jueces priorizaron la importancia del principio de “continuidad de la relación” en materia de derecho del trabajo.

El despido por insultos y agresiones

En otro caso, un trabajador le gritó a otro “te voy a bajar los dientes, maricón”.  Si bien el agredido quiso terminar la pelea, el agresor lo persiguió y le dijo “sos un muerto de hambre, el trabajo te lo conseguí yo y te voy a c… a trompadas””.

Luego de esos hechos, el presunto agresor pidió vacaciones, que le fueron dadas. Pero el destinatario de los insultos envió un telegrama a la empresa donde le comunicó a su empleador que había sufrido en forma reiterada malos tratos por parte del encargado e intimó a la firma para que se pusiera fin a tal conducta. Tiene derecho.

La empresa despidió con justa causa al agresor. Y en primera instancia, el juez ordenó indemnnizarlo. Es decir, fue un revés para la empresa.

Pero el caso llegó a la cámara de apelaciones del trabajo que tuvo un criterio diferente. Para los jueces, había testigos, y se probó que efectivamente insultó con términos soeces de elevado tono, y amenazó con agredir a un compañero en su lugar de trabajo. Tampoco hubo indicios de que fuera éste quien lo incitara a iniciar la discusión.

“Más allá de que los distintos ambientes de trabajo puedan ser -según el caso- más o menos exigentes, más o menos cordiales, más o menos formales, existen ciertos límites mínimos que no pueden traspasarse en ningún caso”, razonaron los jueces y convalidaron ese despido.

Es decir, y como conclusión, el insulto es una falta laboral pero antes de llegar al despido hay pasos previos, sanciones, estos deben estar probados, y debe respetarse la proporcionalidad y continuidad del contrato de trabajo.

 

2 Comentarios
  1. Anónimo dice

    Muy bueno Sergio, Y cuándo es por cooperativa? Estoy en Coopeartiva municipal hace 8 meses, Cómo cuenta? Supuestamente es un “gris” intermedio entre “en blanco” y “en negro”

  2. Carmen dice

    Hace 5 años estoy trabajando de empleada doméstica, de los cuales 2 fueron en negro y 3 en blanco. Siempre fue un problema el pago a termino de los aguinaldos. Envió msj a mi empleadora y solo me da excusas para no pagarme, … dice que tuvo gastos personales no previstos… No puedo creer, que tenga que aguantar esto! No me envía los recibos de sueldo desde el mes de Marzo del corriente año. Que puedo hacer?

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