La reprogramación del gimnasio
En la pandemia estuvo el gimnasio cerrado, fuerza mayor. Por ende, ahora deberían computar ese crédito para poder ir
“En gimnasio… me prometieron por escrito extenderme el plan por los meses que estuvieron cerrados. Llegó el momento de la extensión y me dijeron que para poder acceder a ella tengo que meterme en otro plan anual. ¿Qué puedo hacer
El taller legal – Derecho en zapatillas
La respuesta de quien me llamó por teléfono para contarme la novedad fue “nunca dijimos cómo iba a ser la extensión”. Y me ofreció “un pase” para ir mes por medio (?????)”
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Perdón que lo diga así pero es cualquiera, mega abusivo del gimnasio. Si se pagó por servicios que no se prestaron por fuerza mayor entonces no hay responsabilidad pero sí deben prorrogar el plan, permitir acceso.
El caso es similar al de un salón de fiestas, hay derecho al crédito por el valor pagado, dado que la pretación no se pudo usar, sin que implique culpa de las partes (ver esta nota explicativa de Derecho En Zapatillas).
Según el código civil y comercial, art. 1730, “Se considera caso fortuito o fuerza mayor al hecho que no ha podido ser previsto o que, habiendo sido previsto, no ha podido ser evitado. El caso fortuito o fuerza mayor exime de responsabilidad, excepto disposición en contrario”.
Es decir, no hay responsabilidad pero deben dar otras fechas por el tiempo en que no pudo usarse por haber estado cerrado por normativa de orden público.
Lindo caso eh, para defensa del consumidor o acción civil. beso
Reprogramaciones y cancelaciones de viajes por el Coronavirus ante la fuerza mayor